En el Marco de Jerez, el término "bodega" se aplica no solamente a los edificios que albergan los vinos durante su elaboración y crianza, sino también a las compañías dedicadas a esta actividad.
En el Marco de Jerez, el término "bodega" se aplica no solamente a los edificios que albergan los vinos durante su elaboración y crianza, sino también a las compañías dedicadas a esta actividad.
Dependiendo de la fase del proceso de elaboración y crianza de los vinos en la que intervengan, las distintas compañías bodegueras inscritas en la Denominación de Origen quedan encuadradas en distintos registros oficiales del Consejo Regulador.
Además, existe también un registro para las llamadas "Bodegas de Elaboración"; en el mismo han de inscribirse cada año las instalaciones dedicadas a lagares o plantas de molturación, en las que, durante la vendimia, se realiza la trasformación de la uva en el vino base. Por la propia naturaleza del proceso, las bodegas de elaboración son instalaciones cuya actividad se concentra fundamentalmente durante unos meses al año.
Con frecuencia se trata de plantas de vinificación pertenecientes a bodegas que a su vez se encuentran inscritas en los registros de crianza o de producción. En otras ocasiones, son lagares independientes, que venden el vino base a las bodegas.
Las Bodegas de Crianza y Expedición deben estar necesariamente situadas en las localidades de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María y Sanlúcar de Barrameda, es decir, en la llamada “Zona de Crianza”. Son bodegas que cumplen con los requisitos establecidos por el Reglamento para la crianza de vinos amparados, así como para su comercialización, por lo que pueden vender vinos embotellados protegidos por las Denominaciones de Origen.